Se reestablecerá el servicio de Emisión de guías de tránsito de productos forestales solamente para rollos, rollizos, leña, poste, carbón, tanino y furfural.
La decisión no incluye la actividad en aserraderos y carpinterias.
En el marco de Excepción al aislamiento social, obligatorio y preventivo ordenado por el Gobierno Nacional y Provincial, y considerando las excepciones establecidas por el art. 6 del DNU 297/20, y la normativa aplicable se dictó la Disposición 224/20 de la Subsecretaría de Desarrollo Forestal.
Las oficinas y delegaciones de la Direccion de Bosques Chaco atenderán con personal y horario reducido.
Solicitamos a los productores que presten atención a las medidas de seguridad de cada municipio para garantizar entre todos el cumplimientos de las medidas preventivas del COVID19.
DISPOSICIÓN N° 224/2020