Excepción al aislamiento social, obligatorio y preventivo
(14-04-2020)
A partir de la fecha de hoy se habilita la emisión de guías de transporte de productos forestales de Aserraderos, Carpinterías y otros establecimientos, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nacional 297/20, la Decisión Administrativa 450/20 JGM, y el Decreto Provincial 488/20.
Se advierte que los productores e industriales forestales tienen la obligación y responsabilidad de dar cumplimiento a las:
1⃣ Medidas preventivas sanitarias adoptadas por cada municipio,
2⃣ Medidas de distanciamiento social,
3⃣ Condiciones sanitarias, de higiene y seguridad establecidas para preservar la salud de los trabajadores.
La Dirección de Bosques y sus delegaciones, funcionarán con personal y horario reducidos.
Disposición N°228/2020 de la Subsecretaria de Desarrollo Forestal